Vender mi sentencia: 4 cosas que debes tener en cuenta
“Quiero vender mi sentencia pero no sé si está lista para ser comprada”, esta es una de las frases más comunes de algunos de nuestros clientes. Por eso queremos tratar este tema y contarte cuáles son las 4 cosas que debes tener en cuenta al vender tu sentencia.
El negocio de la compra de sentencias y conciliaciones en Colombia tiene algunas características importantes y relevantes que debes considerar al momento de saber si tu sentencia puede ser o no negociada. En el siguiente artículo encontrarás cuatro cosas que debes tener en cuenta antes de vender tu sentencia o conciliación, estas son:
1) Puedo vender mi sentencia si corresponde a un fallo de reparación directa
Las sentencias de reparación directa expresan de manera clara el monto del fallo en salarios mínimos o en un monto en su parte resolutiva lo que a diferencia de otro tipo de sentencias hace su valoración más sencilla. Esto no quiere decir que todas las sentencias de reparación directa puedan ser compradas, pues si las causas de la sentencia recaen en casos de violaciones, delitos asociados al narcotráfico, falsedad en documento, estafa, peculado y corrupción, éstas deben ser analizadas cuidadosamente para determinar su viabilidad de compra.
Recomendamos leer la noticia virus L en donde hablamos acerca de los controles Sarlaft que tiene Confival como política de prevención para garantizar a nuestros clientes un proceso transparente.
2) Puedo vender mi sentencia si es una condena contra el sector central
Además de que la compra de sentencias y conciliaciones se hace sobre fallos de Reparación Directa, estos deben tener como entidad condenada a una entidad del sector central, dado que las entidades del sector central tienen un presupuesto asignado anualmente desde el Ministerio de Hacienda.
En el entendido que el negocio de la compra de sentencias es un negocio de factoring, en el que se trae un flujo futuro a un valor presente, el enfoque de Confival es trabajar con entidades que tienen un presupuesto que proviene directamente del Estado. A continuación mencionamos algunas entidades sobre las cuales se compran sentencias: Invias, Ministerio de Defensa Nacional (Armada Nacional, Ejército Nacional, Fuerza Aérea, etc.), Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional, INPEC y Rama Judicial.
3) Puedo vender mi sentencia si se encuentra ejecutoriada
Las sentencias que se compran deben corresponder a un proceso en firme, en los que se cuente con el fallo de última instancia con un mínimo de seis meses de estar ejecutoriado. Esto quiere decir, que la decisión ya no puede ser modificada por ningún medio. Durante este tiempo el apoderado debió presentar la cuenta de cobro y solicitar el turno de pago ante la entidad deudora.
4) Puedo vender mi sentencia si la sentencia se ha cobrado a la entidad condenada
La sentencia debe haberse cobrado conforme al decreto 2469 de 2015, haber presentado la cuenta de cobro ante cada entidad deudora y además debe contar con un turno de pago asignado por cada entidad. Recomendamos leer la publicación 3 Errores comunes en la presentación de las cuentas de cobro de sentencias para que tengas en cuenta cómo efectuar un cobro eficiente a las entidades.
Ahora que ya conoces si tu sentencia es negociable el paso a seguir es dirigirse al botón “Cotiza tu sentencia”, donde podrás encontrar un formulario para iniciar tu cotización con Confival. También, puedes enviarnos un mensaje aquí, donde podrás contactarte con uno de nuestros asesores rápidamente para mayor asesoría.
Recuerda que Confival te acompaña en todo tu proceso de venta de Sentencias y Conciliaciones Judiciales, si quieres conocer más sobre sentencias y Conciliaciones te invitamos a leer nuestro artículo ¿Cómo funciona el turno de pago de una Sentencia?, donde explicamos el beneficio de este y en qué casos este turno de pago podría ser modificado. No olvides seguirnos en nuestras redes sociales Facebook y Linkedin, gracias por visitarnos y contáctate con nosotros para obtener la mejor asesoría.